Ley 6/2015 · Ley 6/2015, de 25 de marzo, de Juventud de Aragón.
Ley 6/2015 Art. 5
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 5. Planificación de actuaciones dirigidas a la juventud.
La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, las comarcas y los ayuntamientos colaborarán e intercambiarán la información necesaria con el fin de que, en el seno del Instituto Aragonés de la Juventud, puedan llevarse a cabo las tareas de planificación, promoción y fomento de su respectiva actividad en materia de juventud.