Ley 6/2015 · Ley 6/2015, de 25 de marzo, de Juventud de Aragón.
Ley 6/2015 Art. 52
CAPÍTULO III
Artículo 52. La formación juvenil en el tiempo libre.
1. Se considera formación juvenil en el tiempo libre la educación no formal cuyos contenidos, metodologías y actuaciones persiguen la capacitación del personal en los ámbitos de ocio y tiempo libre, en el marco de los principios rectores regulados en esta ley, con especial atención a la organización y gestión de las actividades que se contemplan en este título.
2. El Instituto Aragonés de la Juventud promoverá y coordinará las actividades de formación de la juventud en el ámbito de la educación no formal, a través especialmente de la red de escuelas de tiempo libre.