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Ley 6/2015 · Ley 6/2015, de 25 de marzo, de Juventud de Aragón.

Ley 6/2015 Art. 67

CAPÍTULO VI

In KraftAmtlicher Text

Artículo 67. Gestión.

1. El Instituto Aragonés de la Juventud podrá gestionar los programas de carné joven directamente o mediante gestión indirecta, estableciendo las fórmulas jurídicas que estime oportunas, con entidades públicas o privadas, para optimizar la gestión de las distintas modalidades de carné joven y potenciar el uso de las mismas.

2. Asimismo, para potenciar el uso del carné joven, se podrán establecer fórmulas de cooperación con entidades colaboradoras.