Ley 7/2015 · Ley 7/2015, de 25 de marzo, de Bibliotecas de Aragón.
Ley 7/2015 Art. 20
CAPÍTULO IV
Artículo 20. Derechos de los usuarios de las bibliotecas integradas en la Red de Bibliotecas Públicas de Aragón.
Los usuarios de los centros incorporados a la Red de Bibliotecas Públicas de Aragón tendrán los siguientes derechos:
a) Usar de manera gratuita los servicios básicos que debe prestar la biblioteca.
b) Disponer de una colección de documentos suficiente y actualizada.
c) A la protección de sus datos personales, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente, así como a la privacidad y confidencialidad de la información que solicitan o reciben y de los recursos que consultan o toman en préstamo.
d) Acceder y participar en las actividades que se celebren en las instalaciones bibliotecarias.
e) Sugerir la adquisición de materiales bibliográficos y documentales, así como proponer actividades relacionadas con el ámbito bibliotecario y cultural.