Ley 16/2015 Art. 6
CAPÍTULO I
Artículo 6. Objeto.
El objeto del presente título es regular los instrumentos de intervención administrativa ambiental aplicables a los planes, programas, proyectos y actividades, públicos o privados, susceptibles de afectar al medio ambiente y/o a la salud de las personas que se lleven a cabo en la Comunidad Autónoma de Extremadura.