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Ley 16/2015 · Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Ley 16/2015 Art. 97

CAPÍTULO I

In KraftAmtlicher Text

Artículo 97. Actividades potencialmente contaminantes de la atmósfera.

1. Se considerarán actividades potencialmente contaminantes de la atmósfera las determinadas en el anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.

2. En todo caso, se considerarán actividades potencialmente contaminantes de la atmósfera, aquellas cuyos focos emitan alguno de los contaminantes incluidos en el anexo I de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, o cuya emisión de partículas esté por encima de los niveles establecidos reglamentariamente.

3. Las actividades potencialmente contaminantes de la atmósfera que estén incluidas en alguno de los grupos A, B o C del anexo IV de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera, serán objeto de registro y control por parte del órgano ambiental competente.