Real Decreto 377/2015 Art. 2
CAPÍTULO I
Artículo 2. Ámbito territorial y sede.
1. El ámbito territorial del Colegio de Geógrafos es el del Estado español, compatible con la autonomía de sus órganos en las distintas Delegaciones territoriales y la solidaridad entre todas ellas.
2. La sede del Colegio radica en Madrid, sin perjuicio del establecimiento de otras sedes en las Delegaciones que puedan constituirse, con respeto a las competencias de las Administraciones Territoriales.
3. El uso de las lenguas oficiales en los órganos y comunicaciones del Colegio se regula por lo dispuesto en la normativa legal vigente sobre usos lingüísticos en el Estado y en las Comunidades Autónomas.