Ley 5/2014 · Ley 5/2014, de 30 de diciembre, del Consejo Andaluz de Concertación Local.
Ley 5/2014 Art. 7
Artículo 7. Presidencia.
1. La Presidencia del Consejo Andaluz de Concertación Local corresponde a la persona titular de la Consejería competente sobre régimen local.
2. La Presidencia del Consejo Andaluz de Concertación Local ostentará su representación y dirigirá su actuación, fijará el orden del día y acordará la convocatoria de sus reuniones, que presidirá.