Orden AAA/1179/2015 Art. 7
Artículo 7. Requisitos para la inscripción.
Para inscribirse en el RESAE, las empresas pesqueras deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Ser propietarios o armadores de los buques a los que se refiere el artículo 4.
b) Que los buques para los que se solicite el alta en el RESAE estén inscritos y dados de alta en el censo de la flota pesquera operativa.
c) Que dichos buques dispongan de licencia comunitaria y licencia o permiso temporal de pesca en alguna de las modalidades de pesca a las que se refiere el artículo 4 de esta orden.
d) En su caso, declaración responsable de no ejercer la actividad de pesca a menos de 200 millas náuticas de las líneas de base de los Estados miembros de la Unión Europea.