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Ley 5/2014 · Ley 5/2014, de 26 de diciembre, de Vivienda Protegida de Cantabria.

Ley 5/2014 Art. 55

Sección 3

In KraftAmtlicher Text

Artículo 55. Sanciones accesorias.

La imposición de sanciones por la comisión de infracciones graves o muy graves podrá dar lugar en el mismo procedimiento, además de a las sanciones previstas en el artículo anterior, a la sanción de inhabilitación para participar en promociones de viviendas protegidas en la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el plazo máximo de tres años, para las infracciones graves y de cinco años para las muy graves. Si la inhabilitación recae sobre una persona jurídica, podrán ser también inhabilitadas las personas físicas integrantes de sus órganos de dirección que hubieran autorizado o consentido la comisión de la infracción.