Orden AAA/1266/2015 Art. 4
Artículo 4. Secretaría de la Comisión.
La Secretaría de la Comisión será desempeñada por un funcionario de la Dirección General del Agua, designado por el titular de la Dirección General, quien concurrirá a las reuniones con voz pero sin voto. Tendrá como mínimo el nivel administrativo de Jefe de Servicio o puesto equivalente de nivel 26.