Ley 17/2015 · Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.
Ley 17/2015 Art. 36
TÍTULO IV
Artículo 36. Competencias de los Delegados del Gobierno.
Los Delegados del Gobierno, bajo las instrucciones del Ministerio del Interior, coordinarán las actuaciones en materia de protección civil de los órganos y servicios de la Administración General del Estado de sus respectivos ámbitos territoriales, en cooperación a su vez con los órganos competentes en materia de protección civil de las correspondientes Comunidades Autónomas y Entidades Locales.