Ley 17/2015 · Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.
Ley 17/2015 Art. 40
TÍTULO V
Artículo 40. Órganos territoriales de participación y coordinación en materia de protección civil.
De acuerdo con lo que disponga la normativa autonómica, en los órganos territoriales de participación y coordinación en materia de protección civil podrán participar representantes de la Administración General de Estado.