Ley 5/2015 · Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco.
Ley 5/2015 Art. 8
CAPÍTULO III
Artículo 8. Ámbito de aplicación territorial.
La presente ley se aplicará en todo el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, salvo aquellos preceptos en que expresamente se declare su vigencia en un territorio concreto.