Ley 24/2015 · Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes.
Ley 24/2015 Art. 87
CAPÍTULO III
Artículo 87. Licencias de pleno derecho.
Son licencias de pleno derecho las que resultan de un ofrecimiento público de licencias contractuales no exclusivas, realizado por el titular de la patente, de acuerdo con lo previsto en este Capítulo.