Ley 12/2015 · Ley 12/2015, de 9 de julio, de cooperativas.
Ley 12/2015 Art. 116
Sección cuarta
Artículo 116. Otras actividades productivas.
Las cooperativas dedicadas a otras actividades productivas no pierden su carácter específico por el hecho de que produzcan los servicios o los bienes que distribuyen, y en dicho supuesto la actividad productiva ejercida se ha de regir también por las disposiciones de la presente ley.