Ley 13/2015 Art. 8
TÍTULO I
Artículo 8. Estrategias, planes e instrumentos de planificación territorial.
1. Las estrategias, los planes y los demás instrumentos de planificación territorial son el resultado de la concertación territorial entre los agentes de un territorio concreto.
2. Las finalidades de las estrategias, los planes y los demás instrumentos de planificación territorial son diagnosticar, planificar, coordinar, integrar y, en su caso, gestionar las políticas fijadas por el Plan de desarrollo de las políticas de empleo, adecuando la oferta de los servicios y programas ocupacionales a las necesidades del territorio con el objeto de mejorar la empleabilidad e inserción laboral de las personas y fomentar su desarrollo socioeconómico.