Ley 4/2015 · Ley 4/2015, de 17 de junio, de mejora de la estructura territorial agraria de Galicia.
Ley 4/2015 Art. 97
TÍTULO X
Artículo 97. Duración del procedimiento sancionador.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución expresa que ponga fin al procedimiento será de un año, a contar desde la fecha de inicio del procedimiento administrativo sancionador.