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Decreto Legislativo 2/2014 · Decreto Legislativo 2/2014, de 22 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos cedidos por el Estado.

Decreto Legislativo 2/2014 Art. 35

Sección 2

In KraftAmtlicher Text

Artículo 35. Tipo de gravamen aplicable a las escrituras y actas notariales que contengan actos o contratos por los que se transmitan viviendas de protección pública.

1. Se aplicará el tipo del 0,3 por ciento a la adquisición de viviendas por beneficiarios de ayudas económicas percibidas de la Administración del Estado y de la Administración del Principado de Asturias para la adquisición de vivienda habitual de protección pública que no goce de la exención prevista en la normativa del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

2. A los efectos de este artículo, se entenderá por vivienda habitual la que cumpla los requisitos previstos en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.

Änderungsgeschichte
  • Vigente desde 2019-01-01