Ley Foral 15/2016 Art. 29
Sección 3
Artículo 29. Infracciones muy graves.
Son infracciones muy graves:
a) La reincidencia o reiteración en falta grave.
b) Las actuaciones dirigidas a obtener o conservar la Renta Garantizada, a sabiendas de que no se reúnen los requisitos para ello, cuando de dichas actuaciones se hubiera derivado una percepción indebida por un tiempo superior a 12 meses.