Real Decreto 679/2016 Art. 7
Artículo 7. Ingredientes.
En las preparaciones de aceitunas podrá utilizarse cualquier producto alimenticio empleado como acompañamiento o relleno, tales como agua, sal, vinagre, aceite de oliva, azúcares, especias, plantas aromáticas y sus extractos naturales u otros ingredientes utilizados en alimentación humana autorizados según la normativa europea vigente y en particular, la relativa a los nuevos alimentos.