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Real Decreto 640/2016 · Real Decreto 640/2016, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Biblioteca Nacional de España.

Real Decreto 640/2016 Art. 12

CAPÍTULO II

In KraftAmtlicher Text

Artículo 12. El Consejo de Dirección.

1. El Consejo de Dirección es el órgano responsable de asesorar a la Dirección de la Biblioteca Nacional de España en el ejercicio de sus funciones.

2. Estará formado por las personas titulares de la Dirección de la Biblioteca Nacional de España, que lo presidirá, de la Dirección Técnica, de la Gerencia, de la División Cultural, de la División de Procesos y Servicios Digitales, de las Jefaturas de Área y de las Direcciones de Departamento.

En caso de vacancia, ausencia o enfermedad u otra causa legal, los suplentes se designarán por la persona titular de la Dirección.

La Secretaría recaerá en la persona titular del Área Jurídica de la Gerencia, que participará en las sesiones con voz pero sin voto. En caso de vacante, ausencia o enfermedad, la secretaría será ejercida por la persona que designe la Dirección de la Biblioteca Nacional de España O.A.

El Consejo de Dirección se reunirá, previa convocatoria de la Dirección de la Biblioteca Nacional de España O.A., al menos, una vez al mes.

3. La Dirección de la Biblioteca Nacional de España podrá convocar a las sesiones del Consejo de Dirección al personal al servicio de la Biblioteca Nacional de España, cuando entienda que deban ser oídos en relación con alguno de los asuntos que sean objeto de examen en la correspondiente sesión y siempre que no hayan podido manifestar su parecer a través del correspondiente informe.

4. En lo no previsto sobre el funcionamiento del Consejo de Dirección se aplicará lo establecido en los artículos 15 a 22 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Änderungsgeschichte
  • Vigente desde 2026-06-13