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Circular 2/2016 · Circular 2/2016, de 2 de febrero, del Banco de España, a las entidades de crédito, sobre supervisión y solvencia, que completa la adaptación del ordenamiento jurídico español a la Directiva 2013/36/UE y al Reglamento (UE) n.º 575/2013.

Circular 2/2016 Art. 74

CAPÍTULO 10

In KraftAmtlicher Text

Norma 74. Publicidad de la eliminación de un límite a la concentración a un sector de actividad económica.

Sin perjuicio de la notificación a las entidades afectadas de la resolución adoptada, cuando el Banco de España considere que debe eliminarse un límite a la concentración a un sector de actividad económica, publicará en su sitio web un anuncio en el que incluirá, como mínimo, la siguiente información:

a) La decisión de eliminar el límite a la concentración.

b) El momento a partir del cual la eliminación del límite será eficaz.

c) Los factores que el Banco de España ha considerado relevantes para determinar la eliminación del límite.