Ley 8/2015 · Ley 8/2015, de 28 de diciembre, de Radio Televisión Madrid.
Ley 8/2015 Art. 15
Sección I
Artículo 15. Mandato.
1. El mandato de los consejeros será de cuatro años contados desde su nombramiento.
2. Agotado el mandato, los miembros del Consejo de Administración continuarán en el ejercicio de sus funciones hasta la toma de posesión de los nuevos miembros.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2023-12-30