Rechtsbibliothek und Fallanalyse · Österreich · Belgien · Europäische Union
LAWxPERT Anmelden Kostenloses Konto

Ley 8/2015 · Ley 8/2015, de 28 de diciembre, de Radio Televisión Madrid.

Ley 8/2015 Art. 25

Sección II

In KraftAmtlicher Text

Artículo 25. Competencias y funciones.

1. El Director General desempeñará la dirección ejecutiva de Radio Televisión Madrid.

2. El Director General ejercerá, entre otras, las siguientes funciones:

a) La representación de Radio Televisión Madrid.

b) Elaborar el plan anual de actividades, la memoria anual y los anteproyectos de los presupuestos de Radio Televisión Madrid.

c) (Suprimida)

d) Impulsar y mantener actualizado el Libro de Estilo de Radio Televisión Madrid.

e) Actuar como órgano de contratación de Radio Televisión Madrid con una limitación o techo de gasto que será acordado previamente en el Consejo de Administración.

f) Autorizar los pagos y gastos de Radio Televisión Madrid.

g) Organizar la dirección de Radio Televisión Madrid y designar y destituir con criterios de profesionalidad al personal directivo.

h) Impulsar, orientar, coordinar e inspeccionar los servicios de Radio Televisión Madrid, y dictar las disposiciones, instrucciones y circulares relativas al funcionamiento y a la organización interna.

i) Ejercer la jefatura superior del personal de Radio Televisión Madrid y desarrollar las directrices básicas del Consejo de Administración en materia de personal.

j) Cumplir y hacer cumplir la Ley y los acuerdos del Consejo de Administración.

k) Establecer las directrices oportunas para que la programación cumpla la misión de servicio público.

l) Presentar con carácter anual a la Comisión a que se refiere el artículo 41 de esta Ley, un informe relativo a la ejecución de la Carta básica y del Contrato-programa, referido al conjunto de sus actividades, programaciones, servicios y emisiones.

m) Firmar el Contrato-programa en desarrollo de la Carta básica.

Änderungsgeschichte
  • Vigente desde 2023-12-30