Ley 1/2016 · Ley 1/2016, de 7 de abril, de Atención Integral de Adicciones y Drogodependencias.
Ley 1/2016 Art. 10
CAPÍTULO I
Artículo 10. La promoción de la salud en el ámbito de las adicciones.
La promoción de la salud individual y colectiva en relación con las adicciones, tanto a drogas y otras sustancias con capacidad adictiva como las comportamentales, y con los factores de riesgo y las conductas precursoras, incluirá todas las acciones dirigidas directamente a fortalecer las habilidades y capacidades de las personas para el mantenimiento y la mejora de su salud y calidad de vida, así como a promover la modificación de las condiciones socioeconómicas y ambientales, con el fin de fomentar su impacto favorable o mitigar su impacto negativo en la salud de las personas.