Rechtsbibliothek und Fallanalyse · Österreich · Belgien · Europäische Union
LAWxPERT Anmelden Kostenloses Konto

Ley 1/2016 · Ley 1/2016, de 7 de abril, de Atención Integral de Adicciones y Drogodependencias.

Ley 1/2016 Art. 12

CAPÍTULO I

In KraftAmtlicher Text

Artículo 12. Medidas de promoción de la salud en el ámbito de las adicciones.

1. La promoción de la salud en el ámbito de las adicciones tanto a drogas y otras sustancias con capacidad adictiva como de las adicciones comportamentales, y de las conductas de riesgo precursoras de ambas, se realizará mediante políticas, programas y actuaciones consistentes en:

a) Información adecuada y veraz a la población en general sobre la mejora de la salud y la calidad de vida saludable, sobre todo en el ámbito de los medios de comunicación.

b) Fomento de un desarrollo ordenado de las personas en las esferas física, mental y social.

c) Fomento de la adquisición de hábitos saludables de alimentación, de ocio y ejercicio físico y de equilibrio emocional.

d) Creación de las condiciones que faciliten a las personas y a la sociedad la elección de las opciones más saludables.

e) Intervención sobre los factores protectores o de riesgo y sobre sus determinantes sociales, ambientales y económicos.

f) Integración de la promoción de hábitos y estilos de vida saludables en la práctica clínica de la atención primaria, especialmente en lo relativo al alcohol y al tabaco.

g) Fomento de intervenciones de promoción que fortalezcan y protejan la salud mental, desde una perspectiva positiva.

h) Evaluación de la efectividad de los programas y actuaciones de intervención en promoción de la salud.

2. Las actuaciones de promoción de la salud en el ámbito de las adicciones tanto a drogas y otras sustancias con capacidad adictiva como de las comportamentales, y de las conductas de riesgo precursoras de ambas, se dirigirán al conjunto de la población y prestarán especial atención a las personas menores de edad y a la juventud, así como a las personas y a los colectivos sociales más vulnerables.