Ley 5/2016 · Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia.
Ley 5/2016 Art. 84
CAPÍTULO I
Artículo 84. Intervenciones en bienes integrantes del patrimonio artístico.
Las intervenciones que se realicen sobre bienes integrantes del patrimonio artístico declarados de interés cultural o catalogados, autorizadas por la consejería competente, deberán ser dirigidas y, en su caso, ejecutadas por personas con la oportuna capacitación o habilitación técnica o profesional, según los proyectos de intervención que se ajusten a lo que determina el artículo 43 y demás determinaciones derivadas de esta ley.