Ley 10/2016 Art. 12
Artículo 12. Memoria anual.
La Comisión técnica deberá elaborar anualmente una memoria de actividades que depositará en el Parlamento de las Illes Balears, así como en la Presidencia de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
Artículo 12. Memoria anual.
La Comisión técnica deberá elaborar anualmente una memoria de actividades que depositará en el Parlamento de las Illes Balears, así como en la Presidencia de la comunidad autónoma de las Illes Balears.