Orden PRE/1064/2016 Art. 9
Artículo 9. Aportación de la información a la Intervención General de la Administración del Estado.
Una vez realizados los procesos de validación de la información aportada por las entidades colaboradoras, a que se refiere el capítulo III de la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, la Agencia Estatal de Administración Tributaria remitirá de forma centralizada a la Intervención General de la Administración del Estado la información correspondiente a los ingresos realizados, de acuerdo con las especificaciones establecidas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Intervención General de la Administración del Estado y a fin de que esta última pueda efectuar la correspondiente aplicación contable.