Ley 2/2016 Art. 32
TÍTULO VI
Artículo 32. Protección de la diversidad familiar.
1. Se fomentará el respeto y la protección de los menores en atención a la identidad y expresión de género de los miembros de su familia.
2. Los programas de apoyo a las familias, contemplarán de forma expresa medidas de apoyo a la diversidad familiar por razón identidad y expresión de género.