Ley 5/2016 · Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía.
Ley 5/2016 Art. 79
CAPÍTULO I
Artículo 79. Acción honorífica de la Junta de Andalucía.
La Administración de la Junta de Andalucía podrá establecer premios y honores a las personas y entidades, públicas y privadas, que se hayan distinguido en la promoción del deporte, especialmente en el ámbito andaluz o con repercusión para Andalucía.