Real Decreto 300/2016 Art. 1
CAPÍTULO I
Artículo 1. Naturaleza.
1. El Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, Corporación de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, agrupa, coordina y representa a todos los Colegios Oficiales de Médicos a nivel estatal.
2. Su domicilio radicará en la capital del Estado, sin perjuicio de poder celebrar reuniones en cualquier otro lugar del territorio español.