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Ley 13/2016 · Ley 13/2016, de 28 de julio, de Turismo.

Ley 13/2016 Art. 26

CAPÍTULO I

In KraftAmtlicher Text

Artículo 26. Precios de los servicios turísticos.

1. Los precios de los servicios turísticos son libres.

2. Las tarifas de precios, que estarán siempre a disposición de las personas usuarias, serán expuestas en lugar visible de los establecimientos.

3. Las tarifas de precios, así como las facturas correspondientes a los servicios turísticos efectivamente prestados o contratados, deberán estar desglosadas por conceptos y redactadas al menos en castellano y euskera, cumpliendo con los requisitos de facturación de la normativa tributaria y especialmente los datos identificativos de la empresa o persona que emite dichas facturas.

4. Los precios de todos los servicios que se oferten deberán ser finales y completos, incluidos los impuestos, desglosando, en su caso, el importe de los incrementos o descuentos que sean de aplicación a la oferta y los gastos adicionales que se repercutan a la persona usuaria. Al objeto de evitar cualquier tipo de confusión, en tablas de tarifas y facturas se dará relevancia, en ubicación y tamaño, al precio final, incluyendo impuestos.