Ley 13/2016 · Ley 13/2016, de 28 de julio, de Turismo.
Ley 13/2016 Art. 79
CAPÍTULO II
Artículo 79. Titularidad de la función inspectora.
Las actividades de inspección, control y verificación del cumplimiento de la presente ley y de las disposiciones que la completen o la desarrollen corresponden a la Administración turística de Euskadi.