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Orden AAA/1479/2016 · Orden AAA/1479/2016, de 7 de septiembre, por la que se establece una zona protegida de pesca en el área del Canal de Menorca y se modifica la Orden AAA/1504/2014, de 30 de julio, por la que se establecen zonas protegidas de pesca sobre determinados fondos montañosos del Canal de Mallorca y al este del Parque Nacional Marítimo-Terrestre del Archipiélago de Cabrera.

Orden AAA/1479/2016 Art. 3

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Artículo 3. Delimitación de la zona protegida de pesca.

1. Se establece una zona protegida de pesca que comprende dos áreas, representadas en el anexo I, y que se encuentran delimitadas por las siguientes coordenadas referidas al sistema geodésico ETRS 89, sistema de coordenadas geográficas en grados minutos decimales, por fuera de los límites de las aguas interiores y de la reserva marina de Levante de Mallorca-Cala Rajada.

a) El área mayor queda delimitada al Norte por una línea trazada entre los puntos correspondientes a las coordenadas siguientes:

Al Sur, dicha área queda delimitada por una línea trazada entre los puntos correspondientes a las coordenadas siguientes:

b) El área de menor tamaño, al sur del área delimitada en el apartado a), queda delimitada por la línea trazada entre los puntos que corresponden a las coordenadas siguientes:

2. Dentro de la zona protegida de pesca establecida en el apartado primero queda prohibida la pesca con las modalidades incluidas en el artículo 2.