Orden APM/844/2017 Art. 8
Artículo 8. Régimen sancionador.
El incumplimiento de lo dispuesto en la presente orden será sancionado conforme a lo previsto en el título V sobre régimen de infracciones y sanciones de la Ley 3/2001, de 26 de marzo.
Artículo 8. Régimen sancionador.
El incumplimiento de lo dispuesto en la presente orden será sancionado conforme a lo previsto en el título V sobre régimen de infracciones y sanciones de la Ley 3/2001, de 26 de marzo.