Ley 7/2017 · Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura.
Ley 7/2017 Art. 68
CAPÍTULO II
Artículo 68. Prescripción de las faltas disciplinarias en el ámbito docente.
Las faltas muy graves prescribirán a los seis meses, las faltas graves a los tres meses, y las faltas leves, al mes. El plazo de prescripción se interrumpirá en el momento en que se inicie el procedimiento disciplinario.