Ley 7/2017 Art. 4
Artículo 4.
Se modifica la letra d) del apartado 1 del artículo 7 bis del texto refundido de la Compilación de derecho civil de las Illes Balears, aprobado por el Decreto Legislativo 79/1990, de 6 de septiembre, que pasa a tener la siguiente redacción:
«d) Los condenados por sentencia firme a pena grave por delitos contra los deberes familiares en la sucesión de la persona agraviada.»