Ley 8/2017 · Ley 8/2017, de 3 de agosto, de accesibilidad universal de las Illes Balears.
Ley 8/2017 Art. 69
TÍTULO VII
Artículo 69. Desarrollo reglamentario.
Reglamentariamente se regulará la composición, el funcionamiento y la organización del Consejo para la Accesibilidad, de acuerdo con lo establecido en este título y teniendo en cuenta la normativa sobre órganos colegiados.