Decreto-ley 5/2017 Art. 1
Artículo 1. Transmisión de las autorizaciones VTC.
La transmisión de las autorizaciones domiciliadas en Cataluña que habilitan para la prestación de servicios de transporte de viajeros en la modalidad de alquiler de vehículos en conductor (VTC) resta condicionada al hecho de que el cedente sea titular de la autorización desde un periodo no inferior a dos años, contadores desde la fecha de otorgamiento efectivo de la autorización a su favor.
Änderungsgeschichte
- Vigente desde 2018-11-01