Ley 4/2017 Art. 6
CAPÍTULO I
Artículo 6. Ayudas de comedor escolar.
El servicio público de comedor escolar será gratuito para las víctimas del terrorismo, cuando acrediten motivos de renta y sean usuarios de dicho servicio por su condición de alumnos de los centros escolares públicos de la Comunidad de Castilla y León.