Decreto Foral Legislativo 1/2017 Art. 17
CAPÍTULO III
Artículo 17. Principios generales.
Las relaciones entre las Administraciones Públicas de Navarra en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo deberán basarse en los principios de lealtad institucional, de coordinación, de asistencia, y de intercambio de información mutua, con respeto a los ámbitos competenciales respectivos.