Decreto Foral Legislativo 1/2017 Art. 246
CAPÍTULO III
Artículo 246. Legislación supletoria de los derechos de tanteo y retracto.
En los demás aspectos no contemplados en esta ley foral, los derechos administrativos de tanteo y retracto se regirán por las prescripciones contenidas en la legislación civil de Navarra.