Ley 5/2017 Art. 5
Artículo 5. Relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Los colegios creados se relacionarán, en los aspectos corporativos e institucionales, con la consejería que tenga atribuidas competencias en materia de colegios profesionales y, en lo relativo al contenido de la profesión, con la consejería competente por razón de la actividad de los colegiados.