Real Decreto 900/2017 Art. 7
CAPÍTULO I
Artículo 7. Estatuto de los miembros.
1. Para ser miembro del Pleno del Consejo General de Economistas de España es imprescindible no estar incurso en incompatibilidad o inhabilitación o incapacidad, decretada en los dos últimos casos mediante sentencia judicial firme.
2. Es incompatible ser miembro del Pleno del Consejo General con el desempeño de cualquier cargo en un órgano directivo de otra Corporación de Derecho Público, salvo autorización previa del propio Pleno.