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Ley 15/2017 · Ley 15/2017, de 10 de noviembre, de políticas integrales de juventud.

Ley 15/2017 Art. 3

TÍTULO PRELIMINAR

In KraftAmtlicher Text

Artículo 3. Principios rectores y directrices de las políticas de juventud.

Las políticas de juventud se regirán por los siguientes principios y directrices:

1. Se diseñarán integralmente para que se ocupen de todos los ámbitos vitales y sociales de la juventud, así como transversalmente, es decir, desde todos los departamentos de las administraciones públicas.

2. Estarán arraigadas en el territorio y se basarán en el principio de proximidad, para garantizar un mayor y mejor servicio directo a las personas jóvenes. Además, tendrán en cuenta las diferentes realidades territoriales y prestarán una atención especial a las especificidades del ámbito rural.

3. Se diseñarán coordinadamente entre las administraciones y con la sociedad civil, para responder a los principios de integridad, transversalidad, proximidad, universalidad e igualdad.

4. Se esbozarán y ejecutarán desde una perspectiva intergeneracional que facilite la integración y el reconocimiento de los jóvenes como agentes activos de la sociedad valenciana.

5. Se fundamentarán en la igualdad real y en el reconocimiento a la diversidad.

6. Tendrán carácter universal, desde una perspectiva de equidad, para garantizar la igualdad de oportunidades y combatir las desigualdades sociales, estructurales y coyunturales, mediante la promoción de las habilidades para la vida, la apuesta por el ocio educativo y la educación no formal, como instrumento fundamental para la inclusión social.

7. Se perfilarán y desarrollarán desde la participación directa y la corresponsabilidad de las personas jóvenes a través del Consell de la Joventut, del tejido asociativo juvenil y de la juventud no asociada.

8. Se fundamentarán en la transparencia, la evaluación y la democratización de la información.

Änderungsgeschichte
  • Vigente desde 2025-06-01