Orden APM/1274/2017 Art. 2
CAPÍTULO I
Artículo 2. De su ámbito.
1. El Consejo Regulador es la entidad de gestión de la DOP Jabugo y su norma de funcionamiento son los presentes Estatutos y el Pliego de condiciones de la DOP, en el que está delimitado su ámbito territorial.
2. Su domicilio se encuentra en Jabugo (Huelva), Avenida Infanta María Luisa, s/n.