Real Decreto 71/2017 Art. 3
CAPÍTULO I
Artículo 3. Ámbito territorial y sede.
1. El COIM tiene ámbito nacional con plena representación en las comunidades autónomas por sí mismo o a través de sus órganos autonómicos o territoriales.
2. La sede del COIM radicará en Madrid, sin perjuicio de poder establecer otras en los distintos territorios o comunidades autónomas, de acuerdo con lo previsto en los presentes Estatutos y en el Reglamento de Régimen Interior.