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Real Decreto 130/2017 · Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Explosivos.

Real Decreto 130/2017 Art. 39

CAPÍTULO I

In KraftAmtlicher Text

Artículo 39. Invalidez de los permisos.

1. Los permisos de funcionamiento perderán su validez cuando todas las instalaciones permanezcan inactivas durante un periodo de un año, en cuyo caso, para poder reanudar la actividad se precisará permiso del Delegado de Gobierno, previo informe del Área Funcional de Industria y Energía y de la Intervención de Armas y Explosivos de la Comandancia de la Guardia Civil de que corresponda.

2. Si transcurrido el plazo correspondiente hasta la siguiente inspección, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 33, continuase la instalación inactiva, se iniciará, de oficio o a instancia de parte el expediente de cierre definitivo.